Modelo de Constitución transnacional

Con la fuerza de nuestro pasado común, y ansiosos de salvaguardar nuestras identidades nacionales, estamos uniendo nuestros destinos en un espacio político común. Afirmamos así nuestra voluntad de participar en el establecimiento de un orden planetario que promueva la fraternidad entre todos los ciudadanos del mundo.

Artículo primero

Nosotros, los ciudadanos de (país), decidimos unirnos en una entidad política más grande, llamada la Unión …., para poder participar en los asuntos mundiales. La Unión adopta como su estándar, … ; como su himno, … ; y como su posible lema …. El idioma oficial – o de trabajo – de la Unión es (son) …. La Unión tiene la intención de participar en la construcción de un orden planetario de acuerdo con las reglas de la democracia, que es un régimen natural para todos los seres humanos.

Artículo 2

La Unión velará por el respeto de los principios superiores del derecho proclamados en la Declaración sobre las Libertades y Deberes del Ciudadano que figura en el Preámbulo de la Constitución. Tendrá un Tribunal Constitucional que garantizará la unidad de la ley en toda la Unión y el respeto de principios fundamentales de valor universal así definidos. Actúa como la última instancia de apelación de los tribunales supremos de los Estados miembros. A través de su diplomacia contribuye al libre comercio, la protección del medio ambiente y el bienestar de toda la humanidad.

Artículo 3

La adhesión a la Unión se logra mediante el voto de una mayoría cualificada de representantes elegidos a nivel nacional, confirmado por el voto de los ciudadanos emitido por la mayoría de los votos emitidos en un referéndum. La candidatura de un nuevo miembro estará sujeta al acuerdo de los miembros de la Unión, expresado a través de la asamblea de sus representantes elegidos por mayoría cualificada.

Artículo 4

La Unión dispondrá de un procedimiento de decisión por mayoría cualificada que le permita tomar decisiones conjuntas en materia de asuntos exteriores cuando considere que éstas son de interés común. Garantizará la seguridad de la Unión y de cada uno de los Estados miembros con los medios de defensa puestos a su disposición. Garantizará la libre circulación en su territorio de ciudadanos, bienes y capitales, siendo este principio compatible con las leyes nacionales que prevén la concesión de asistencia pública sólo a los ciudadanos del Estado en cuestión.

Artículo 5

La Unión tendrá una cámara alta, o Senado, que consistirá en un máximo de doscientos más un delegado de los Estados. Deciden sobre la posible ampliación de las competencias de la Unión. Cada Estado tiene por lo menos un senador, y los demás escaños se distribuyen en proporción a la población de cada país miembro. Los senadores son elegidos según un procedimiento específico de cada Estado. Actúan por mayoría cualificada.

Artículo 6

Las competencias de la Unión pueden ser comunes, compartidas u opcionales. Las competencias comunes se gestionan exclusivamente a nivel de la Unión. Las competencias compartidas se dividen entre la Unión y los Estados miembros. Las competencias facultativas dan lugar a políticas en las que los países participan de forma voluntaria. El contenido y la naturaleza de las competencias están destinados a evolucionar.

Artículo 7

Los senadores eligen al Presidente de la Unión, cuya misión es representar al pueblo de la Unión y velar por el respeto de las leyes fundamentales. El Presidente de la Unión convoca al líder del partido mayoritario del Parlamento al puesto de Primer Ministro de la Unión. El Primer Ministro, que es responsable ante el Parlamento, aplicará las políticas de la Unión. Nombra y despide los ministros.

Artículo 8

El Parlamento de la Unión tomará decisiones en los ámbitos de competencia de la Unión. Los miembros son elegidos por mayoría de votos en una sola ronda, de modo que los programas de los partidos transnacionales sean los mismos en todos los países de la Unión. Los distritos electorales son plurinacionales y se definen electrónicamente por sorteo a nivel de la Unión, de modo que los elegidos no tienen ninguna lealtad nacional. Los representantes elegidos dominan el inglés, la lengua franca internacional y otro idioma de la Unión además del suyo propio, de modo que pueden mantener correspondencia con los votantes de su circunscripción.

Artículo 9

Las contribuciones de los Estados son proporcionales a su riqueza. El Senado establece la cantidad máxima de los impuestos de la Unión y la naturaleza de los impuestos que pueden recaudar. Los presupuestos se votan en equilibrio. Las leyes y políticas comunes aseguran que se respeten las identidades culturales de las diferentes naciones.

Artículo 10

En caso de conflicto entre el Senado y la Asamblea, que ponga en tela de juicio la capacidad de decisión y el buen funcionamiento de la Unión, el Tribunal Constitucional resolverá el litigio. El Senado tiene la facultad de modificar la Constitución de la Unión, a reserva de su validación por los diputados de la Unión o, en su defecto, por los ciudadanos de la Unión.

Artículo 11

Las modalidades de compensación de los senadores y su personal son competencia de los Estados. Los de los diputados de la Unión, la financiación de las campañas y los partidos transnacionales son determinados por el Senado. Los representantes elegidos y los grupos políticos de la Unión tienen presupuestos que les permiten recurrir a expertos legislativos y oficinas de investigación en políticas públicas. Las consultas son objeto de contratos públicos internacionales.

Artículo 12

El Parlamento de la Unión podrá fijar objetivos de convergencia entre las instituciones de los países miembros, con el fin de que se ajusten a las normas de la democracia. Corresponde entonces a los senadores interesados proponer una revisión constitucional en su país. Esto se hace mediante un voto de la asamblea de diputados nacionales que actúa por una mayoría de dos tercios de los votos emitidos o, en su defecto, por un voto de los ciudadanos por mayoría simple.

Artículo 13

Un Estado miembro puede solicitar que se abandone la Unión. La solicitud es presentada por los senadores de dicho Estado, con el apoyo de una mayoría cualificada de los diputados nacionales. La secesión se aprueba por el voto de los diputados de la Unión convocados en un congreso extraordinario y que deciden por mayoría cualificada. La decisión entrará en vigor tras la votación en referéndum de los ciudadanos del país en cuestión.

Artículo 14

La Unión estará facultada para establecer tratados y vínculos contractuales con otras entidades transnacionales que persigan objetivos similares.